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Caso Ríos Montt. Foto: AGN

Ríos Montt ante el tribunal ¿La hora de la justicia?

Publicado: 2013-04-22

ESCRIBE: RONALD GAMARRA*

Guatemala. Según la Comisión para el Esclarecimiento Histórico, durante el conflicto armado interno (1962-1996) la cifra de muertos y desaparecidos superó las 200,000 víctimas; siendo la población indígena la principal víctima y correspondiendo al Estado el 93% de tales violaciones a los DDHH.  Hasta el año pasado solo el 0.02% del universo de crímenes había recibido una sentencia condenatoria.

Efraín Ríos Montt, 87 años, ex general, gobernó Guatemala entre el 23 de marzo de 1982 y el 8 de agosto de 1983. Mauricio Rodríguez Sánchez, ex general, fue jefe de la inteligencia militar en ese período. Hoy, ellos son juzgados por los delitos de genocidio y contra los deberes de la humanidad cometidos contra el pueblo maya ixil, que comprendió una campaña de exterminio en el denominado Triángulo Ixil, la eliminación del 33.6% de la etnia, el desplazamiento forzoso de más de 29,000  personas y la muerte de 1,771 ixiles, de los cuales el 38% fueron niños entre 0 y 12  años.

30 AÑOS DESPUÉS, ESPERANZA

Los generales, protegidos por las densas redes de lealtades y complicidades, y escudados en los privilegios que las leyes pretenden reconocer a los ex gobernantes y mandones, no fueron convocados por la justicia durante tres décadas. Ello cambiaría dramáticamente en los últimos tiempos. Ríos Montt y Rodríguez Sánchez fueron imputados y el 28 de enero pasado el Juez B de Mayor Riesgo abrió la causa a juicio oral y público. El 4 de febrero, en la audiencia de ofrecimiento de la prueba, el magistrado dictó resolución admitiendo más de 16 testigos, un consultor técnico, informes a solicitarse, y rechazando determinado número de peritos e informes a solicitarse al Ministerio de Defensa (por impertinentes), informes periciales (por inoportunos) y las pruebas ya ofrecidas por las otras partes (por abundantes); disponiendo la remisión de los actuados al Organismo Judicial para que se conformara el tribunal de juzgamiento.  Ante ello, la defensa de los acusados planteó un amparo provisional, solicitando se admite la prueba presentada, y además la suspensión de los efectos posteriores a la decisión, es decir que no se inicie el debate oral.

Contra viento y marea, el 19 de marzo de 2013 empezó el primer proceso penal contra un ex jefe de Estado por genocidio en un tribunal nacional. Advertida del amparo provisional y curándose en salud, el Tribunal A de Sentencia Penal de Mayor Riesgo, presidido por Yassmín Barrios, hizo saber expresamente que durante el debate podría recibir las pruebas antes ofrecidas y rechazadas, para luego declarar que efectivamente lo serían. Así sucedió: en el pleno se incluyó toda la prueba inicialmente ofrecida por los acusados (excepto las calificadas de abundantes). De esta manera, además, el tribunal reforzó las garantías a favor de los acusados, desactivó la sustancia del amparo y dio muestra concreta de su imparcialidad y respeto por el debido proceso.

Día a día, el debate fue dirigido de forma imparcial y ejemplar por Yassmín Barrios, conforme  a las pautas del ordenamiento procesal. Desde el arranque quedó claro  a todos que allí ella era la que mandaba. En 20 sesiones consecutivas, los abogados que patrocinan a los ixiles presentaron un cúmulo de evidencias. Más de 100 familiares de víctimas ixiles y sobrevivientes de la violencia se hicieron escuchar: «Vengo aquí a declarar por la tristeza que me provocaron en ese tiempo y vengo por justicia», dijo una mujer ixil. Narraron arrasamientos de comunidades, matanzas de los que no huyeron, ejecuciones de los que lo hicieron y fueron capturados, muerte por hambre y enfermedad de los que fugaron, y violencia sexual en las aldeas. Los peritos ratificaron sus dictámenes que demostraban el crimen contra los ixiles, su ferocidad, su sistematicidad y la responsabilidad de los militares: cómo los huesos recuperados gritaban muertes violentas y generalizadas, cómo la violencia sexual fue utilizada para perpetrar el genocidio, y cómo la cadena de mando llegaba a Ríos Montt (en este último extremo, el general Robles Espinosa).

A su tiempo, la declaración de los testigos (hasta un ex guerrillero) y los expertos de la defensa de los generales señalaron que los hechos no ocurrieron, o que –al mismo  estilo Fujimori y su cohorte ante el panel presidido por San Martín- la protección de los indígenas era una política estatal, que el dictador presidente no estaba al tanto de alguna atrocidad que pudiera haberse perpetrado o que el Supremo nunca tuvo el mando directo sobre los militares que actuaron en la zona ixil. Muchos de ellos, sin embargo, fueron presas de contradicciones en hábiles contrainterrogatorios de los abogados de los ixiles, al ser confrontados con el Plan de Campaña Victoria 82 y el Plan Operativo Sofía, o incluso con textos suyos anteriormente publicados; en varios casos, además, los peritos aportaron muy poco debido a las fundadas objeciones de los abogados de la contraparte quienes alegaron con éxito la impertinencia o reiterancia del interrogatorio.

Francamente, llama la atención la torpeza con la que procedió la defensa de Ríos Montt y Rodríguez Sánchez al momento de presentar sus testigos y peritos, y de proceder al interrogatorio de varios de ellos. Lo peor, uno de sus peritos terminó por darle la razón a la acusación. Y no se entiende del todo la inclusión de su consultor técnico en asuntos militares, pues desconocía la manera de interrogar –tanto así que la jueza mandó que “consultara” con el abogado defensor- y no sumó puntos frente a un enrazado y enterado general Robles. Tampoco acertaron en los contrainterrogatorios.

En esas condiciones se llegó al 18 de abril. El episodio judicial anunciaba la derrota de los generales y la reivindicación del pueblo ixil. Treinta años después, algo de justicia. No faltaba sino la presencia en el estrado de 6 testigos de descargo, la palabra de los acusados (si así lo decidieran ellos) y luego, como lo anunció la jueza Yassmín Barros, las conclusiones del Ministerio Público, los abogados de los ixiles y la defensa.

PREPARANDO EL ZARPAZO

El expresidente de facto enjuiciado, Ríos Montt. Foto: AGN

A la par que el juicio avanzaba y la verdad era expuesta, fuera del tribunal el ambiente se enrarecía y anunciaba que algo asechaba. Un zarpazo conservador y kaibil (1): la verdad era un peligro, una invitación a nuevos juicios, y podría importar el empoderamiento de los ixiles (e incluso el reclamo de las tierras de las que fueron expulsados tras Ríos de sangre). Por eso, en el juicio mediático y en la escena política los acusados y sus seguidores estuvieron particularmente activos, sobre todo en las últimas semanas. No fue casual por ello la continua aparición de miembros de la Asociación de Veteranos Militares de Guatemala defendiendo a Ríos Montt y compañía. Lamentablemente, sectores democráticos contribuyeron a crear un clima de temor y de favorecimiento a Ríos Montt: no de otra manera debe ser leído por ejemplo el comunicado “Traicionar la paz y dividir a Guatemala”, aparecido en la prensa y firmado entre otros por Eduardo Stein, en el que se dice que “la acusación de genocidio en contra de oficiales del Ejército de Guatemala constituye una acusación, no solo contra esos oficiales o contra el Ejército, sino en contra del Estado de Guatemala en su conjunto que, de consumarse, implica serios peligros para nuestro país”, y que “esta acusación de genocidio... implica –de consumarse- el peligro inminente de que la violencia política reaparezca”. Ello también fue aprovechado por el presidente Pérez Molina para repetir que el genocidio no se produjo.

En ese ambiente, la actuación de la defensa de los acusados se tornó abiertamente hostil para con el tribunal. Se notó más que nunca en la sesión del 18 de abril, llamado a ser el día en que debía terminar el debate. Altaneros y con un as bajo la manga enfrentaron al tribunal: calificaron de ilegal el juicio seguido contra sus patrocinados, anunciaron la convocatoria hecha por la jueza Flores a una audiencia que pretendía regresar el proceso a una etapa previa, solicitaron el aplazamiento del último debate, y al no conseguirlo se declararon en “resistencia pacífica” para finalmente abandonar la sala de audiencia. Para cuando la jueza Barrios ordenó  el cierre de las puertas y el regreso de los abogados para cumplir con su compromiso de defensa con los acusados, estos ya habían alcanzado la calle (y tal vez la impunidad). En esas circunstancias, el tribunal no tuvo más opción que suspender el debate hasta el día siguiente, dejando muy en claro que el día 19 de abril, sí o sí, declararían los testigos que aún no lo habían hecho y se presentarían las conclusiones finales de las partes.

LAS FLORES DE LA IMPUNIDAD

Ese mismo día 18 de abril, en horas de la tarde, los generales y sus abogados comparecieron ante el juzgado A de Mayor Riesgo. La jueza a cargo, Carol Patricia Flores, alegando la aplicación de la sentencia de la Corte de Constitucionalidad, de fecha 3 de abril de 2013, recaída en la acción de amparo que la defensa de los generales había planteado y que ordenaba la admisión de varias de las pruebas de descargo que fueron rechazadas en la audiencia del 4 de febrero de 2013, decidió anular el juicio y retrotraer el proceso a una etapa anterior para incorporar la prueba ofrecida, pero no solo hasta febrero del 2013 sino hasta el 23 de noviembre de 2011, fecha en la que inicialmente se había resuelto con lugar una recusación en su contra (invalidando de paso, de forma ilegal, todo lo actuado por el juez que la reemplazó, lo que nunca estuvo bajo cuestión).

De esta manera la jueza Flores abonaba la controversia que la acompaña. A sus lamentables decisiones en los casos Dos Erres y Bamaca Velásquez, por solo mencionar dos, sumaba una injusticia mayúscula y un despropósito que debería costarle el puesto. En verdad, la Corte de Constitucionalidad no había ordenado la anulación del debate, solo la incorporación de la prueba de descargo. Es más, expresamente anotó que “los medios probatorios que fueron rechazados… perfectamente pueden diligenciarse dentro del juicio correspondiente sin afectar el inicio de proceso”, precisando que “sería ilegal” “retrotraerlo a etapas ya desarrolladas”. Por lo demás,  ya el tribunal de juzgamiento había admitido las pruebas y, por lo tanto, el propio amparo había perdido su razón de ser, y así debió ser declarado por la jueza Flores, quien previamente había sido informado de ello por el tribunal que lleva adelante el juicio a Ríos Montt.

Pero no, la jueza Flores se jugó con todo a quebrar el juicio oral, tratando de evitar así el pronunciamiento condenatorio que parece cantado. Su exabrupto judicial estaba enderezado a darle aire a los represores, tal vez libertad, y quizá exoneración total de sus crímenes.  En el campo judicial, ella implementó el zarpazo.

La fiscalía y abogados de los ixiles –en puridad, de las organizaciones querellantes (CALDH y AJR)- rápidamente tildaron la resolución de Flores de ser “una burla a las víctimas y una burla a la justicia”, planteando un recurso de reposición. Por supuesto, ésta lo rechazó, y espetó una frase que la pinta de cuerpo entero y desnuda su intención: “Aquí las víctimas eran los acusados (Ríos Montt y Rodríguez Sánchez) en un juicio ilegal”.

EL FACTOR YASMÍN BARRIOS

El 19 de abril reinaba gran coraje, incertidumbre y esperanza entre los abogados de las víctimas y los observadores internacionales que se dieron cita en la sala de audiencia. Los ixiles, dignos como siempre. Los acusados se presentaron, sus abogados no. Entonces lo supimos: en Guatemala, la palabra justicia tiene su rostro y su nombre, Yassmín Barrios. El tribunal rechazó por ilegal la orden de anular el proceso: “No aceptamos la resolución de la jueza Carol Patricia Flores porque afecta nuestra independencia judicial, porque es ilegal y no estamos obligados a acatarla”, “Ningún funcionario público, ya sea civil o militar, está obligado a cumplir órdenes manifiestamente ilegales, porque eso implicaría la comisión de un delito”, dijo.  El panel hizo justicia e Historia. Los ixiles, defensores de derechos humanos y observadores internacionales (y algún diplomático presente) retumbaron el recinto con un atronador aplauso. Luego se escucharía “¡Justicia, justicia!”.

Aún así, el tribunal suspendió el debate en espera de la decisión de la Corte de Constitucionalidad sobre la legalidad de la sentencia de anulación del debate. Eso sí, declaró el abandono de los abogados de la defensa y ordenó la asignación de abogados de la defensa pública para los acusados.

¿HABRÁ JUSTICIA?

En un hecho inédito en Guatemala, los asistentes al juicio decidieron realizar una marcha hasta la sede de la Corte de Constitucionalidad. Las mujeres y hombres ixiles al frente, dignos una vez más, tomando las calles de la ciudad. Acompañaron a los abogados de CALDH y AJR en la presentación de impugnaciones al zarpazo de la jueza Flores. Allí están ahora. Allí volverán mañana. Y allí estarán hasta que este otro tribunal les haga justicia o les de la espalda, como ha hecho el Estado durante tres décadas, luego de tratar de exterminarlos. En el plazo máximo de 10 días sabremos como termina este histórico proceso.

(1) Kaibiles se denominaba al grupo de élite del Ejército guatemalteco que cometió los arrasamientos y masacres.

*Abogado. Ex procurador anticorrupción.


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Revista Vela Verde

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